El Centro de Información de Falun Dafa informó el miércoles que los organizadores de los juegos olímpicos de Pekín habían expresado públicamente una política que prohíbe a los practicantes de Falun Gong asistir a los Juegos Olímpicos de verano de 2008. La decisión de Pekín es una flagrante violación de los artículos 35 y 36 de la propia Constitución China, que promete la libertad de asociación y creencia religiosa y una violación de los reglamentos del Comité Olímpico Internacional, que prohíben toda forma de discriminación – incluida la religiosa o política.
El Centro de Información de Falun Dafa condena la decisión de Pekín e insta a la comunidad internacional a presionar a los funcionarios comunistas de China a derogar su política ilegal.
"Los Juegos Olímpicos no deben transformarse en un teatro de la intolerancia, una celebración de las maquinaciones comunistas", dijo el Sr. Erping Zhang, portavoz del Centro de Información. "Hablamos de decenas de millones de personas que tendrán prohibido el acceso a los Juegos Olímpicos por la sencilla razón de lo que son. Esto equivale a una violación de la Carta Olímpica a una escala que nadie habría podido imaginar".
La noticia de los planes discriminatorios de Pekín fue hecho público en un informe a la Asociación de Prensa (Associated Press) el 8 de noviembre. El informe indica que las nuevas políticas religiosas de Pekín, supuestamente más tolerantes, "no se aplican a Falun Gong" y únicamente reafirman la "determinación de China de marginar, perseguir y suprimir al movimiento espiritual".
Li Zhanjun, Director del Centro de los Medios de Comunicación de los Juegos Olímpicos de Pekín, dijo a AP que, "los textos y las actividades de Falun Gong están prohibidos en China" y que, “los extranjeros que vengan a China deben respetar y seguir las leyes de China".
Sin embargo, la explicación de Pekín no es satisfactoria, porque estigmatizar a Falun Gong como "ilegal" infringe la propia constitución de la República Popular de China, así como numerosos acuerdos internacionales y convenios de los que la RPC es firmante. El artículo 35 de la propia constitución de China, por ejemplo, declara que los ciudadanos "tienen la libertad de palabra, de prensa, de asamblea, de asociación, de desfile y de manifestación".
El artículo 36 declara también que los ciudadanos "tienen libertad de creencia religiosa" y que "ningún órgano de estado, ninguna organización pública o ningún individuo, puede forzar a los ciudadanos a creer o a no creer en una determinada religión; ni puede ejercer discriminación contra los ciudadanos que creen o no creen en alguna religión".
Los Juegos Olímpicos no deberían conceder ninguna supresión a tales políticas, aunque las autoridades de la RPC las hayan establecido durante décadas. Muy al contrario, el COI dijo que los Juegos forzarían a los responsables chinos a mejorar los terribles datos sobre derechos humanos de la nación. La Carta Olímpica enuncia claramente: "Toda forma de discriminación con respecto a un país o persona, fundada en consideraciones de raza, religión, política, sexo u otras, es incompatible con la pertenencia al Movimiento Olímpico."
Los reglamentos del COI protegen así contra la marginación a grupos como Falun Gong si tal discriminación es legislada interiormente; estigmatizar a Falun Gong como "ilegal" no cambia el carácter religioso o los derechos del grupo y confirma la voluntad y disposición de las autoridades comunistas de China a subordinar exclusivamente la autoridad de la ley al capricho político. "El hecho de que Pekín califique a Falun Gong como “ilegal " es una torpe tentativa de justificar un programa de violencia y persecución sancionadas por las instituciones. La realidad es que millones de apacibles ciudadanos respetuosos de las leyes y quienes simplemente aspiran a mejorar su salud y su vida moral, son brutalizados y privados de sus derechos por un régimen comunista autoritario", dijo Zhang al Centro de Información. "En todos los demás 75 estados no comunistas del mundo donde Falun Gong está establecido, es practicado libre, legal y públicamente. Es únicamente en la China comunista dónde se enfrenta a una implacable represión".
Según un informe del Relator Especial para la Tortura de la ONU de 2005, 662.249 casos, es decir, el 74 % de las víctimas de tortura en China, eran practicantes de Falun Gong. En el informe de 2006, el Relator Especial para la Tortura de la ONU, expresó su inquietud respecto a los crecientes informes de represión sistemática contra Falun Gong, diciendo que los "informes de detención, los malos tratos, las torturas, las violencias sexuales, las defunciones y los procesos judiciales injustos de los miembros de los que se denomina como “organizaciones heréticas”, en particular practicantes de Falun Gong, pueden reflejar una política deliberada e institucionalizada por parte de las autoridades, que toman como blanco a grupos específicos tales como Falun Gong".
El Centro de Información de Falun Dafa verificó detalles de más de 63.000 casos de tortura, con más de 3.000 defunciones en detención. Pensamos que el índice real de defunciones es de 10.000 o más.
El último informe de Pekín es la puesta en práctica de una serie de políticas de las que ya advirtió el Centro de Información. El Centro preveía tales políticas y buscó el apoyo internacional con el fin de impedir su ejecución.
En 2005, por ejemplo, el Centro recibió informes creíbles de que las autoridades de la RPC estaban, con vistas a los Juegos Olímpicos y contrariamente a su promesa de mejorar los derechos humanos, en vías de tomar medidas para intensificar "la erradicación" de Falun Gong antes del verano de 2008.
En mayo de 2007, el Centro dio cuenta de una directiva secreta del Ministerio de Seguridad Pública, que enumera 43 categorías de personas "indeseables" que deben ser examinadas y a las que se debe impedir acceder a los Juegos Olímpicos de 2008 en Pekín. El Centro de Información pide actualmente una declaración de los funcionarios del COI sobre el anuncio de Pekín y solicita aclaraciones sobre las medidas que serán utilizadas con el fin de asegurar que la política de discriminación no será ejecutada, sea pública o secretamente, por las autoridades de la RPC.
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